Propuesta de Política de Datos Abiertos

Le invitamos a leer la Política de Datos Abiertos. Puede enviarnos sus comentarios en cada uno de los puntos para que sea una política de todos.

1.

Los beneficiarios de todas las líneas de investigación financiadas por CONICYT deberían publicar los informes, documentos y conjuntos de datos resultantes de sus investigaciones en repositorios abiertos y en formatos adecuados.

2.

La publicación podrá hacerse efectiva, tanto en repositorios centralizados en CONICYT, como en repositorios pertenecientes a las instituciones a las que pertenezcan los investigadores, siempre que estos últimos cumplan con los estándares acordados. En este último caso, los investigadores debieran comprometerse a informar a CONICYT las URL o identificadores de los documentos y conjuntos de datos publicados.

3.

El plazo para la publicación de los datos en los repositorios abiertos no debiera superar el año después de rendido el informe final, aún cuando no se hayan publicado los respectivos artículos.

4.

El plazo de publicación de los informes finales de las investigaciones por parte de CONICYT no debiera ser mayor a tres meses, una vez aprobados. El carácter de este informe debiera estar en concordancia con las bases de la línea de financiamiento que se esté reportando.

5.

El plazo de publicación en repositorios abiertos de los artículos no debiera ser superior a seis meses después de publicados en revistas especializadas. Para cumplir con esta obligación será suficiente publicar el preprint.

6.

Cuando la investigación genere la tramitación de una patente, esté vinculada a un modelo de negocios o existan compromisos internacionales que lo requieran, se podrá omitir la publicación de los datos más sensibles. Esta excepción no debiera exceder a los dos años después de aprobado el informe final.

7.

Al aceptar el financiamiento, los investigadores asumen los términos y condiciones de esta política.

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Si quiere conocer más sobre los fundamentos de la política propuesta descarga el manual de datos abiertos.

1.

Los beneficiarios de todas las líneas de investigación financiadas por CONICYT deberían publicar los informes, documentos y conjuntos de datos resultantes de sus investigaciones en repositorios abiertos y en formatos adecuados.

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2.

La publicación podrá hacerse efectiva, tanto en repositorios centralizados en CONICYT, como en repositorios pertenecientes a las instituciones a las que pertenezcan los investigadores, siempre que estos últimos cumplan con los estándares acordados. En este último caso, los investigadores debieran comprometerse a informar a CONICYT las URL o identificadores de los documentos y conjuntos de datos publicados.

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3.

El plazo para la publicación de los datos en los repositorios abiertos no debiera superar el año después de rendido el informe final, aún cuando no se hayan publicado los respectivos artículos.

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4.

El plazo de publicación de los informes finales de las investigaciones por parte de CONICYT no debiera ser mayor a tres meses, una vez aprobados. El carácter de este informe debiera estar en concordancia con las bases de la línea de financiamiento que se esté reportando.

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5.

El plazo de publicación en repositorios abiertos de los artículos no debiera ser superior a seis meses después de publicados en revistas especializadas. Para cumplir con esta obligación será suficiente publicar el preprint.

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6.

Cuando la investigación genere la tramitación de una patente, esté vinculada a un modelo de negocios o existan compromisos internacionales que lo requieran, se podrá omitir la publicación de los datos más sensibles. Esta excepción no debiera exceder a los dos años después de aprobado el informe final.

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7.

Al aceptar el financiamiento, los investigadores asumen los términos y condiciones de esta política.

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